Nota previa. Consulte en este link la versión PDF del proyecto de la «Ley de solidaridad sostenible», presentado por el Gobierno: Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
La “Ley de solidaridad sostenible” es hoy un proyecto de ley (aún está pendiente su discusión, trámite y aprobación) que el Gobierno de Iván Duque radicó en el Congreso de la República, con el objetivo de recaudar $25 billones de pesos (COP) y así cubrir el déficit ocasionado por la pandemia y pagar el gasto social (subsidios).
En particular, $10 billones de pesos se destinarán a financiar programas como Ingreso Solidario, Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y Compensación del IVA.
Los $15 billones de pesos restantes se usarán para pagar la deuda del país (en 2020 llegó a la cifra de $619,5 billones de pesos).
Recordemos que las cuarentenas declaradas a raíz de la propagación del coronavirus traen consigo consecuencias, como el cierre de los negocios (grandes, medianos y pequeños). Esto genera, al mismo tiempo, pérdidas de empleos, mora en los pagos de los créditos previamente adquiridos (deudas), y demanda cero de la mayoría de bienes y servicios que se ofrecen normalmente en el mercado.
En este sentido, la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo), entidad colombiana dedicada a la investigación en temas de política económica y social, indicó que el costo de una cuarentena de tres meses asciende a un valor de $182 billones de pesos.
Adicionalmente, hay que destacar que entre 2020 y los primeros meses del 2021, el Gobierno ha gastado, aproximadamente, $80 billones de pesos por causa de la emergencia sanitaria:
- $40 billones de pesos han sido destinados al Fondo de Mitigación de Emergencias[1] para costear:
- El sector salud.
- El pago de programas de subsidios sociales como Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción.
- $40 billones de pesos restantes corresponden al IVA que dejó de recaudarse durante el cese de las actividades productivas.
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El contenido del proyecto de ley
El proyecto de ley está compuesto por un libro preliminar y por otros cuatro libros. A continuación, se desglosan profundizando en los apartes más llamativos.
- Libro preliminar.
- Objeto.
- Instrumentos.
- Libro I: Redefinición de la regla fiscal como instrumento para la sostenibilidad de la equidad.
- Título I: Regla Fiscal.
- Capítulo I: Parámetros de la regla fiscal.
- Capítulo II: Comité autónomo de la regla fiscal.
- Título I: Regla Fiscal.
- Libro II: Fortalecimiento y focalización del gasto social.
- Título I: Implementación del programa ingreso solidario para la lucha contra la pobreza y la pobreza extrema.
- Programa ingreso solidario: “Créase el Programa Ingreso Solidario como una renta básica, el cual será un programa de carácter permanente que corresponderá a una transferencia monetaria no condicionada directa y periódica, que tiene como propósito contribuir a la reducción de la pobreza y a reducir las brechas de ingreso en el país”: Página 11 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
- Título I: Implementación del programa ingreso solidario para la lucha contra la pobreza y la pobreza extrema.

- Subsidios de energía eléctrica y gas combustible.
- Título II: Otros mecanismos de inversión y gasto social.
- Promoción de acceso al empleo.
- Incentivo a la creación de nuevos empleos.
- Ampliación de la vigencia temporal del programa de apoyo al empleo formal – PAEF.
- Generación E.
- Promoción de acceso a la educación superior.
- Apoyo a la cultura.
- Título III: Medidas de austeridad y eficiencia en el gasto.
- Límites a los gastos del nivel nacional.
- Facultades extraordinarias para la supresión de entidades.
- Título II: Otros mecanismos de inversión y gasto social.
- Libro III: Equidad en la redistribución de cargas tributarias y ambientales.
- Título I: Equidad en la redistribución de cargas tributarias.
- Capítulo I: Impuesto sobre las ventas – IVA.
- Bienes que no causan el impuesto: Páginas 23 – 32 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
- Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas: Páginas 33-35 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
- Capítulo II: Exención en el impuesto sobre las ventas – IVA.
- Periodos de exención del impuesto sobre las ventas (IVA).
- Bienes cubiertos por la exención en el impuesto sobre las ventas IVA : Página 40 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co).
- Requisitos para la procedencia de la exención.
- Capítulo III: Impuesto sobre la renta y complementarios.
- Capítulo IV: impuesto sobre la renta de personas naturales.
- Aportes obligatorios al sistema general de pensiones.
- Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías.
- Incentivo al ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción.
- Determinación de la renta para servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del ministerio de relaciones exteriores.
- Tarifas para las personas naturales residentes y asignación y donaciones modales.
- Capítulo V: Impuesto sobre la renta para personas jurídicas.
- Tarifa general para personas jurídicas.
- Capítulo VI: Impuesto temporal y solidario a la riqueza: Página 60 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
- Hecho generador.
- Base gravable.
- Tarifa.
- Causación.
- Remisión.
- Capítulo VII: Impuesto de normalización tributaria complementario al impuesto sobre la renta y al impuesto temporal y solidario a la riqueza.
- Sujetos pasivos del impuesto complementario de normalización tributaria.
- Base gravable.
- Capítulo VIII: impuesto temporal y solidario a los ingresos altos.
- Hecho generador.
- Base gravable.
- Capítulo IX: procedimiento tributario, deberes formales y sanciones.
- Obligación de facturar.
- Sistemas de facturación.
- Sujetos no obligados a expedir factura y/o documento equivalente.
- Obligación de exigir factura y/o documento equivalente.
- Capítulo X: Sobretasa a la gasolina motor y al ACPM.
- Tarifas.
- Capítulo XI: Disposiciones varias.
- Capítulo I: Impuesto sobre las ventas – IVA.
- Título II: equidad en la redistribución de cargas ambientales.
- Capítulo I: Instrumentos para la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático y la contaminación,
- Creación, objeto y régimen aplicable al fondo de cambio climático y desarrollo sostenible -FOCLIMA: Página 91 del proyecto de ley – Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
- Capítulo II : Impuesto nacional al carbono.
- Destinación del impuesto nacional al carbono: “(…) se destinará al Fondo de cambio Climático y Desarrollo Sostenible – FOCLIMA”.
- Capítulo III: Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
- Capítulo IV: Impuesto nacional al consumo de plaguicidas.
- Capítulo V: Impuesto nacional a vehículos.
- Capítulo VI: Peajes en ciudades capitales.
- Capítulo VII: Fondo único de soluciones energéticas- FONENERGÍA.
- Capítulo I: Instrumentos para la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático y la contaminación,
- Título I: Equidad en la redistribución de cargas tributarias.
- Libro IV: Disposiciones complementarias.
- Título I: Medidas presupuestales.
- Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital.
- Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones.
- Aportes de la nación programa de protección social al adulto mayor – Colombia Mayor.
- Título I: Medidas presupuestales.
¿Qué pasaría si la “Ley de solidaridad sostenible”, en su versión presentada por el Gobierno de Iván Duque, es aprobada por el Congreso?
Esta no es una lista taxativa:
- Se vuelve permanente el subsidio Ingreso Solidario, que beneficiaría a 4,7 millones de familias. Éstas recibirían $415.000 pesos mensuales (aproximadamente).
- Se ampliará la base de productos gravados con el IVA.
- No obstante, se excluirían algunos servicios y bienes relacionados con:
- Salud: Servicios médicos, odontológicos hospitalarios, clínicos y de laboratorio, medicamentos.
- Alimentos: La carne de res, cerdo y cordero, el pescado, la leche, el queso, los huevos, las vitaminas (principalmente).
- No obstante, se excluirían algunos servicios y bienes relacionados con:
- Se mantienen los 3 días al año sin IVA, pero solo se podrá comprar con tarjetas de crédito, débito o por internet.
- Se aumentará y volverá permanente el impuesto al patrimonio.
- Se garantizaría matrícula cero a estudiantes de estratos 1, 2 y 3 en universidades públicas a través de la consolidación del Fondo de Solidaridad Educativa.
- Se crearán incentivos para las empresas que contraten, por ejemplo, jóvenes entre los 18 y 28 años, personas en condición de discapacidad, estudiantes del SENA (principalmente).
- Se creará un “impuesto solidario” para los trabajadores de los sectores públicos y privados que tengan ingresos superiores a los $10 millones de pesos netos al mes.
- Se ampliará el programa de devolución del IVA a 4.7 millones de hogares colombianos. Hoy el Gobierno entrega $76.000 pesos cada dos meses. Con la reforma, este valor aumentaría $45.000 pesos mensuales.
- Para reducir el calentamiento global y la contaminación:
- Se crea impuesto para los plásticos de un solo uso.
- Se modifica el impuesto al carbono.
- Se crea un gravamen para los carros.
- Se crea un impuesto por el uso de plaguicidas no orgánicos.
- Los pensionados que reciben mesadas de $7 millones de pesos o más empezarán a pagar impuestos sobre estos ingresos.
- Se cobrará impuesto de renta a al menos 1 millón de personas más. De acuerdo con la DIAN:
- 3,7 millones de colombianos declaran renta. Pero de ellos, 1,5 millones pagan el impuesto. Por esta razón, si usted se gana $2,5 millones de pesos debe declarar renta. No obstante, son quienes tengan ingresos superiores a este monto los que tendrán que pagar este impuesto.
- Se cobrará un impuesto del 3% a los patrimonios iguales o superiores a $5.000 millones de pesos
- Se incrementará la tasa del 10% al 15% del impuesto a los dividendos, para aquellas personas que reciban cada año 30 millones de pesos o más por esta vía.
- Quienes ganen más de $500 millones de pesos al año ya no tendrán una tasa efectiva del 16%, sino de por lo menos el 20%.
- Los bienes y servicios básicos seguirán exentos del cobro de IVA. Pero, los productos suntuarios serán gravados con 19% (hoy lo están, pero con el 5%).
Fuentes:
Proyecto-Reforma-Tributaria-2021.pdf (incp.org.co)
Reforma tributaria: claves del proyecto presentado en 2021 – Sectores – Economía – ELTIEMPO.COM
¿Quiénes van a pagar la tributaria? (semana.com)
Más artículos de su posible interés:
[1] Con la creación del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), el Gobierno no les quita liquidez a entidades territoriales; lo que busca es mantener el flujo de recursos para atender a los más vulnerables frente al coronavirus (presidencia.gov.co)